En su última sesión, el parlamento rionegrino sancionó la Ley que modifica el artículo 274 de la Ley Nº 2952 (Código de Aguas), estableciendo nuevos plazos de prescripción a las deudas contraídas por productores en concepto de canon de riego y otros tributos.
La legisladora Marcela Ávila (JSRN) actuó de miembro informante y destacó que el proyecto propone que el plazo de prescripción para aquellas tazas, cánones, regalías y tributos en general, que perciba el Departamento Provincial de Aguas, sea de 5 años pero que, además, el computo de las causales de suspensión se normen de acuerdo a lo establecido en el código fiscal de la provincia.
La parlamentaria destacó que los consorcios de riego están facultados para recibir cánones para poder mantener la prestación del servicio de riego, porque administran su propio presupuesto.
El legislador de JSRN, Fabio Sosa expresó que “siempre las deudas tuvieron 10 años de plazo. En febrero de este año la Justicia falló por establecerlo en 2 años para la prescripción, lo cual era muy poco, por eso había que fijar una normativa justa para deudores y consorcios, que ahora se fijó en 5 años”, expresó el legislador de JSRN, Fabio Sosa
El canon se establece haciendo un prorrateo de los gastos que tienen los consorcios de riego para mantener y operar el sistema porque “son de la administración misma de los productores para el agua de riego y el DPA debe estar velando por estas cuestiones”, cerró Sosa.
